Autorizaciones para circular en fechas con restricciones
Las autoridades competentes en materia de tráfico y seguridad vial disponen anualmente medidas especiales de regulación que restringe temporalmente la circulación de determinados vehículos en fechas y recorridos para los que se prevén desplazamientos masivos, con el fin de favorecer la seguridad vial, movilidad y fluidez de la circulación.
No obstante, cuando exista una situación ineludible de realizar el desplazamiento en alguno de los períodos y por alguno de los itinerarios con un vehículo afectado por esas restricciones a la circulación, se podrá solicitar una autorización especial para que ese vehículo pueda realizar dicho desplazamiento.
La autoridad a la que deberá pedirse la autorización será:
- Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco, para circular por carreteras del País Vasco.
- Servei Català de Trànsit de la Generalitat de Cataluña para circular por carreteras de Cataluña.
- Dirección General de Tráfico del Ministerio de Interior para circular por el resto de carreteras que no discurran por País Vasco o Cataluña.