Envío de edictos de sanciones a TESTRA/TEU


Envío de edictos de sanciones a TESTRA/TEU


¿Qué debes saber?

TESTRA es el tablón edictal de sanciones de tráfico de la DGT y TEU es el Tablón Edictal Único del BOE. En ambos tablones se realizan actualmente la publicación de notificaciones de edictos sancionadores emanados de todas las Administraciones Públicas con competencia en materia de Tráfico que se van incorporando al sistema, que no hayan podido practicarse en el domicilio del infractor y que carezca de DEV.

En este servicio se explica cómo realizar la integración a TESTRA/TEU, documentación y accesos a los servicios.

Es importante indicar que a partir del 1 de enero de 2022 no podrá utilizarse el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico TESTRA para la remisión de los anuncios de notificación al Tablón Edictal Único TEUdejando de servir como intermediador entre los emisores de notificaciones de sanciones de tráfico y el TEU. A partir de dicha fecha será necesario realizar el envío de los anuncios de notificación de sanciones de tráfico directamente al Boletín Oficial del Estado a través del Portal de SITE. Para más información puede consultar la hoja informativa.


¿Qué se publica en el TESTRA/TEU?

En el TESTRA/TEU se publican las notificaciones a que da lugar el procedimiento sancionador como consecuencia de la comisión de infracciones a la normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, que no se hayan podido practicar en la Dirección Electrónica Vial (DEV) o en las equivalentes de las Comunidades autónomas con competencias ejecutivas en materia de tráfico, o en el domicilio del interesado.

TESTRA/TEU está accesible para los ciudadanos las 24 horas del día.


¿Qué medios tengo para adherirme a TESTRA/TEU?

Con la integración de TESTRA dentro del TEU a raíz de las pautas dictadas en CORA contenidas en la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, se configura el TEU como el Tablón Edictal Único para la publicación de notificaciones, haciendo del tablón público de TESTRA un servicio a extinguir, ya que el TEU tiene como finalidad centralizar las publicaciones de todos los tablones edictales de la administración.

Actualmente la tarea de TESTRA es, básicamente, la de intermediador entre los emisores de notificaciones de sanciones de tráfico y el TEU. Por ello aconsejamos a los nuevos emisores que deseen publicar en TESTRA/TEU que realicen la integración directamente con el TEU del BOE, en el siguiente enlace puede consultar cómo realizar la integración a través de la plataforma SITE.

A partir del 1 de enero de 2022 no podrá utilizarse el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico TESTRA para la remisión de los anuncios de notificación al Tablón Edictal Único TEUdejando de servir como intermediador entre los emisores de notificaciones de sanciones de tráfico y el TEU. A partir de dicha fecha será necesario realizar el envío de los anuncios de notificación de sanciones de tráfico directamente al Boletín Oficial del Estado a través del Portal de SITE.

Para más información puede consultar la hoja informativa, también hay un documento con las preguntas más frecuentes para realizar la integración directa con el TEU.

No obstante, a día de hoy, no está cerrada la posibilidad de darse de alta en TESTRA. En estos casos la DGT hará de intermediario, enviando los edictos al TEU para su publicación.

En la integración con TESTRA hay dos alternativas al envío y consulta de edictos dependiendo de las características del ayuntamiento o entidad emisora que vaya a realizar los envíos:

  • Integración a través de los Web Services de TESTRA que la DGT expone, para ayuntamientos grandes y entidades supraemisoras.
  • Haciendo uso del Portal de Emisores una aplicación web simple para el envío.

La integración a través de WS es obligatoria para diputaciones y organismos supraemisores (organismos que publican en nombre de otro organismo) y es la opción que recomendamos para ayuntamientos grandes que gestionan más de 35.000 denuncias anuales. En este caso la DGT expone servicios para el envío, consulta y recuperación de edictos, pero deben ser los emisores los que desarrollen una aplicación cliente que consuma dichos servicios.

El portal de emisores sin embargo está orientado a ayuntamientos pequeños, que no gestionen más de 35.000 denuncias anuales. Ésta opción no requiere ningún tipo de desarrollo por parte del ayuntamiento. Al no necesitar desarrollo, esta opción es muy rápida y sencilla ya que simplemente se trata de darse de alta en la aplicación y realizar las pruebas pertinentes antes de comenzar el envío de edictos reales. Sin embargo, las limitaciones del portal hacen poco práctico su uso a partir de 35.000 denuncias anuales, ya que el envío de remesas a través del portal de emisores se hace de manera manual.

Los ayuntamientos que ya se encontraran dados de alta en TESTRA antes de su integración con TEU no tienen que hacer nada para que sus edictos se publiquen en ambos portales, la DGT se encarga de realizar y coordinar esta gestión.

Debe señalarse que en caso de remitir a través de TESTRA los anuncios de notificación, el órgano emisor podrá realizar la consulta de sus anuncios en BOE accediendo al Portal de SITE de la sede de la AEBOE. Para ello, debe disponer de algún usuario registrado en SITE con permiso de consulta en el mismo ámbito DIR3 que TESTRA haya utilizado para publicar el anuncio. Por ejemplo, los anuncios de notificación de un Ayuntamiento son publicados por TESTRA en el ámbito DIR3 correspondiente al propio Ayuntamiento, por lo que los usuarios deberán tener permiso de consulta en el ámbito completo del Ayuntamiento.

Si un emisor prefiriera desde este momento enviar directamente al TEU, saltando a la DGT como intermediaria, puede hacerlo sin problemas indicárnoslo y procederemos a realizar la baja en TESTRA.


¿Qué recomendaciones deben tenerse en cuenta para redactar un anuncio de notificación?

En el TEU se publican exclusivamente los anuncios de notificación que las Administraciones deben realizar cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio de la notificación o bien intentada esta, no se hubiera podido practicar.

Recomendaciones respecto al título del anuncio

  • El título del anuncio se construye de forma semiautomática por la aplicación de envío: «Anuncio de notificación de (fecha) en procedimiento/procedimientos«. El usuario únicamente debe especificar la información relativa al procedimiento o procedimientos en cuyo ámbito se produce la notificación: por ejemplo: «sancionador«, «relativo a…«, «n.º de expediente«… etcétera. Esta información sobre el procedimiento, que permite individualizar y distinguir unos anuncios de otros, facilitando su recuperación en base de datos, debe redactarse en castellano.
  • Procure no repetir en el título las palabras «anuncio«, «notificación«, «procedimiento«.
  • No incorpore la denominación del órgano que emite el anuncio, puesto que ya aparece en la cabecera de la publicación, salvo que no coincida con el que ha seleccionado como unidad emisora.
  • No utilice mayúsculas, a excepción de las requeridas gramaticalmente.

Recomendaciones respecto al texto del anuncio

  • En el texto a publicar debe incluirse expresamente una referencia al precepto que habilita la publicación en el TEU (artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, o precepto equivalente) y al supuesto de hecho concurrente (interesados desconocido, ignorancia del lugar o medio de la notificación, intento infructuoso de notificación) ; por ejemplo «De conformidad con el artículo…habiéndose intentado sin efecto la notificación personal…«.
  • No incluya lo que son párrafos de texto en formato de tabla.
  • Cuando haya un número de notificados superior a 5 utilice el formato tabla para recoger la relación de notificados.
  • No utilice separadores (puntos, blancos, guiones…) en los NIF de los notificados
  • El texto debe remitirse redactado en castellano, si bien existe la posibilidad de adjuntar la versión en lengua cooficial, utilizando para ello el apartado específicamente previsto. En la versión cooficial puede incluirse, como párrafos, uno inicial con el título del anuncio y otro final con el pie de firma.

Recomendaciones respecto al pie de firma

  • El pie de firma se construye por la aplicación a partir de los datos incorporados por el usuario en este campo. Por ello, para evitar que el pie de firma aparezca duplicado, asegúrese de que no ha copiado estos mismos datos en el texto del anuncio.
  • En el campo correspondiente al cargo, indique la autoridad competente que firma el anuncio, así como su nombre y dos apellidos. Por ejemplo: «El Alcalde, Juan García García«. Si la firma se realiza por suplencia (P.S.) o por delegación (P.D.), deberá hacerse constar así expresamente. Por ejemplo «El Alcalde, P.D. (Resolución de 7 de junio de 2015), el Concejal de Hacienda, Pedro González González«.
  • Si usted ha insertado un anexo, este aparecerá publicado a continuación del pie de firma, por lo que no debe volver a incorporar en el anexo las referencias a la localidad, fecha y cargo firmante.

POR FAVOR, REVISE EL ANUNCIO ANTES DE ENVIARLO, PARA EVITAR CARACTERES ERRÓNEOS Y DATOS CONFUSOS.

Si una vez publicado su anuncio advierte que el contenido que remitió era erróneo, deberá enviar un nuevo anuncio de corrección de errores. Puede indicar en el título que se trata de una corrección de errores. Por ejemplo: «Anuncio de notificación de 7 de julio de 2015 en procedimiento sancionador. Corrección de errores«.

  • En la corrección siempre debe hacerse referencia a la publicación original que se efectuó incorrectamente, indicando al comienzo del texto: «Advertidos errores en el Anuncio de notificación de …., publicado en el BOE n.º …de fecha…, con número de ID…..se procede a efectuar la oportuna corrección».
  • A continuación se concreta el contenido de la rectificación Por ejemplo: «En la página… donde dice… debe decir…«

¿Cuál es el proceso de alta en TESTRA?

A partir del 1 de enero de 2022 no podrá utilizarse el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico TESTRA para la remisión de los anuncios de notificación al Tablón Edictal Único TEUdejando de servir como intermediador entre los emisores de notificaciones de sanciones de tráfico y el TEU. A partir de dicha fecha será necesario realizar el envío de los anuncios de notificación de sanciones de tráfico directamente al Boletín Oficial del Estado a través del Portal de SITE. Para más información puede consultar la hoja informativa.

No obstante, si decide solicitar el alta en TESTRA en vez de realizar la integración directamente al TEU a través de la plataforma SITE, le indicamos a continuación los pasos a realizar:

Para proceder con la integración con TESTRA, se deben cumplimentar las plantillas que se facilitan con los Welcome Pack. Dichos Welcome Pack puede descargarlos en esta misma página y en ellos encontrará un documento con las preguntas más frecuentes, documentación técnica para el uso e integración y las plantillas a rellenar para solicitar el alta. Existen dos Welcome Pack, uno para el uso de los Servicios Web y otro para el uso del Portal de Emisores.

Una vez cumplimentadas las plantillas deberán ser remitidas al Operador de Apoyo Técnico de Jefatura Provincial correspondiente.

Con las plantillas la DGT procederá a realizar las siguientes labores:

  • Dar los permisos necesarios para se permita establecer la comunicación entre el emisor y las máquinas de DGT donde se encuentran desplegados los Servicios Web o el Portal de Emisores; esta comunicación se realizará a través de la Red SARA o de una línea punto a punto entre ambos.
  • Actualizar el Sistema para permitir las operaciones solicitadas en TESTRA para el uso de los Servicios Web o del Portal de Emisores

Una vez realizadas las labores anteriores, la DGT remitirá al emisor la información necesaria para el acceso a los Servicios Web o al Portal de Emisores a través del Operador de Apoyo Técnico de Jefatura Provincial correspondiente y podrá comenzar a realizar las pruebas.


Tengo una incidencia o duda referente a TESTRA, ¿a quién puedo acudir?

En este caso se deberá poner en contacto con el Operador de Apoyo Técnico de Jefatura Provincial correspondiente e indicarle cual es la incidencia con los mayores detalles posibles. Si desconoce el operador de apoyo técnico asignado, póngase en contacto con la jefatura de su provincia para que le pongan en contacto.


¿Qué coste tiene?

La integración e inserción de los anuncios de notificación en el TESTRA/TEU tiene carácter gratuito para todas las Administraciones.


Incidencias más comunes

Aparece el cuerpo del edicto en blanco:

Si la publicación se visualiza con la primera página en blanco es posiblemente debido a que se ha superado el límite de 42 líneas entre el asunto y el cuerpo del edicto. Debe revisar el texto y adecuarlo a este límite, teniendo en cuenta que cada salto de línea es formateado como salto de párrafo, por tanto, no tienen que incluir líneas en blanco de forma adicional cuando editan el cuerpo del edicto. De ser así, se desperdicia mucho espacio y se supera este límite.

Edictos rechazados por TEU por problemas con caracteres especiales:

A veces aparecen símbolos erróneos ya que el uso de caracteres unicode impide la generación del PDF/A-1ª. Éstos probablemente provocados al cortar y pegar un texto desde una aplicación informática. Normalmente caracteres especiales, boliches, símbolos o fuentes no estándar que pueden producir conversiones no aptas para su publicación, hay que revisar los textos antes de enviarlos para evitar estos problemas. En dichas revisiones hay que revisar que el texto del anuncio no contenga retornos injustificados o arrobas (@) u otros caracteres aparentemente erróneos.

Tengo problemas con los certificados de la DGT a la hora de enviar edictos:

Se debe instalar en el repositorio de confianza del servidor integrado con el WS de TESTRA la clave pública actualizada de nuestros certificados electrónicos de nuestros dominios TRAFICO o SEDE según corresponda.


Preguntas más frecuentes

¿Aunque esté integrado a través de Servicios Web puedo solicitar acceso al portal de emisores?

Sí, el portal de emisores, aunque simple y limitado, es una herramienta útil que permite hacer seguimiento de edictos y publicaciones.

¿Una vez dado de alta puedo comenzar a publicar directamente?

No. Cuando solicita el alta, le damos acceso a los emisores a un entorno de pruebas. Una vez han completado las pruebas, los ayuntamientos nos tienen que solicitar el paso al entorno real. En ese momento realizamos un ciclo completo de verificación, comprobando que pruebas de envío de remesas de edictos son correctas en todos los ámbitos. Una vez realizada dicha comprobación procedemos al alta en el entorno real para que puedan publicar.

¿Puedo decidir cuándo se publican mis edictos en el TESTRA?

El emisor de publicaciones indicará la fecha preferente de publicación para cada publicación edictal remitida al TESTRA y siempre se intentará cumplir con dicha fecha, pero no siempre es posible.

La carga de trabajo y los plazos tanto de DGT como del TEU del BOE serán los que fijen la fecha de publicación definitiva de las publicaciones. No obstante la fecha de publicación será siempre la fecha más cercana posible a la fecha preferente indicada por el emisor.

¿Qué organismos pueden enviar edictos al TESTRA en nombre de un ayuntamiento?

Las diputaciones provinciales –directamente o mediante sus organismos provinciales de recaudación- y los Cabildos Insulares son los organismos que normalmente se encargan de enviar publicaciones de edictos al TESTRA en nombre de los ayuntamientos con los que tienen un acuerdo al respecto. No obstante también pueden hacerlo otras entidades.

Las diputaciones se consideran supra-emisores del TESTRA.