Presentación de quejas y sugerencias
Acceso al servicio
- Sin certificado
- Presencial
- Teléfono
- App miDGT
¿Qué debes saber?
Si has encontrado algún problema o impedimento a la hora de realizar tu trámite queremos ayudarte a solventarlo.
Tienes a tu disposición un asistente de incidencias más frecuentes dónde encontrarás soluciones y alternativas a los problemas más frecuentes. Si no encuentras en él la solución a tu problema, podrás formular una queja ante la DGT, realizar una sugerencia o solicitar la información que necesites:
- Si la comunicación, información, queja o reclamación es referente a la accesibilidad de esta Sede Electrónica, deberás presentarla a través de su propio canal de contacto.
- Si no estás de acuerdo con los hechos que te hemos notificado en una multa, lo que tienes que hacer es presentar una alegación o recurso.
- Recuerda que las quejas que realices no tendrán, en ningún caso, la calificación de recurso administrativo ni su interposición paralizará los plazos establecidos en la normativa vigente. Estas quejas no condicionan el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercitar los que figuren en él como interesados.
- Puedes hacernos llegar una sugerencia para mejorar la calidad de los servicios, incrementar el rendimiento o el ahorro del gasto público, simplificar trámites o suprimir los que sean innecesarios o cualquier otra medida que suponga un mayor grado de satisfacción de la sociedad en sus relaciones con la DGT.
¿Qué necesitas?
- Para acceder a nuestro asistente de incidencias más frecuentes, o solicitar información, no es necesario ningún requisito previo. Si posteriormente quieres realizar alguna queja o sugerencia necesitarás clave pin o permanente, DNI electrónico o certificado electrónico en vigor.
- Si vas a realizar tu presentación de manera presencial, deberás solicitar en la jefatura el impreso oficial de quejas y sugerencias.
¿Cómo recibes tu respuesta?
Si realizas una queja o sugerencia formal, una vez recibida, la DGT te facilitará constancia de la presentación de las mismas a través del medio que hayas indicado al respecto.
No te contestarán si la queja o sugerencia es anónima (ya sean presencial, escrita o telemática), aunque sí podrá ser tenida en cuenta a efectos internos.
Recibidas las quejas y sugerencias en la dependencia afectada, ésta, en el plazo de veinte días y previas las aclaraciones que estime recabar, te informará de las actuaciones realizadas y de las medidas en su caso adoptadas.
Si transcurrido el plazo establecido no hubieses obtenido ninguna respuesta de la DGT podrás dirigirte, a fin de conocer los motivos que han originado la falta de contestación y exigir las oportunas responsabilidades, a la Secretaría General de la Dirección General de Tráfico: C/ Josefa Valcárcel, 28, 28027 – Madrid o bien presentando tu queja o sugerencia mediante nuestro registro electrónico.
¿Qué medios tienes?
- Por internet: a través de nuestro asistente de incidencias más frecuentes.
- Presencialmente: acudiendo a cualquier Jefatura Provincial de Tráfico u oficina local y sin necesidad de solicitar cita previa para ser atendido.
Recuerda que la atención presencial es solo para particulares y sus representantes. Empresas y otras personas jurídicas, así como sus representantes, deberán realizar sus trámites de manera electrónica.
¿Quién puede realizarlo?
Cualquier persona física o jurídica, así como sus representantes.
Coste del trámite
Se trata de un servicio gratuito.