Matriculaciones de vehículos


Matriculaciones de vehículos


La matriculación de un vehículo es un requisito previo a que puedas circular con él por las vías públicas. Debes matricular y colocar las placas de matrícula antes de poder circular con cualquier vehículo a motor, así como remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos.

Una vez realizado el trámite de matriculación, te entregaremos el número de matrícula de tu vehículo y el permiso de circulación del vehículo. Con esta documentación podrás adquirir tus placas de matrícula.

Dependiendo del vehículo que pretendas matricular y la finalidad del mismo, dentro del trámite de matriculación puede distinguirse: Matriculación ordinaria para vehículos nuevos y vehículos provenientes del extranjerohistórica, diplomática.

También es posible obtener unas placas para circular de manera temporal con tu vehículo, tanto para particulares como para empresas mientras no se formaliza la matriculación definitiva del mismo.

Si tu vehículo tiene una matrícula de formato antiguo Ayuda, con las siglas de provincia distintas a la provincia dónde esté empadronado podrás solicitar una matrícula de nuevo formato o rematriculación. Ayuda


La matriculación de un vehículo nuevo o proveniente del extranjero es un requisito previo a que puedas circular con él por las vías públicas. Debes matricular y colocar las placas de matrícula antes de poder circular con cualquier vehículo a motor, así como remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos.

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¿Qué debes saber?

La matriculación de un vehículo es un requisito previo a que puedas circular con él por las vías públicas. Debes matricular y colocar las placas de matrícula antes de poder circular con cualquier vehículo a motor, así como remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos.

Una vez realizado el trámite de matriculación, te entregaremos el número de matrícula de tu vehículo y el Permiso de circulación Ayuda del vehículoCon esta documentación podrás adquirir tus placas de matrículas.

Debes realizar este trámite para cualquier vehículo nuevo y para vehículos usados o nuevos provenientes del extranjero. Si el vehículo que pretendes matricular es un vehículo histórico, o si lo que necesitas son unas matrículas temporales para circular con él mientras gestionas la matriculación definitiva del mismo, el trámite a realizar es distinto al habitual.

¿Qué necesitas?

  • Solicitud rellena en impreso oficial.
  • Tarjeta de ITV electrónica (NIVE) Ayuda o tarjeta de ITV en formato papel Ayuda con la diligencia de venta o, en su defecto, factura o acta de adjudicación si procede de subasta.
  • Justificante de haber realizado el pago de la tasa de matriculación correspondiente de la DGT o resguardo de la misma.
  • Justificantes de haber satisfecho previamente los impuestos necesarios para realizar el trámite en tráfico:
    • Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento donde tengas tu domicilio.
    • Justificante del pago/exención/no sujeción del Impuesto de Matriculación (modelo 576, 06 o 05 de la Agencia Estatal Tributaria o, en el caso de País Vasco y Navarra, en su Hacienda Foral correspondiente), excepto en el caso de remolques.

Supuesto especial: Importación de vehículos

Además de la documentación general, deberás aportar la siguiente documentación en función de si el vehículo es nuevo o usado y de dónde proceda:

a) Vehículos nuevos (no matriculados anteriormente):

  • Adquiridos en la Unión Europea e Irlanda del Norte:
    • Justificante del pago del IVA (modelo 309 o 300 de la Agencia Estatal Tributaria) o acreditar estar incluido en el censo de sujetos pasivos del IVA
    • Ficha técnica expedida por la ITV.
  • Adquiridos en países fuera de la UE:
    • Documento Único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la diligencia de importación del vehículo.
    • Ficha técnica expedida por la ITV.

b) Vehículos usados:

  • Adquiridos en la UE e Irlanda del Norte:
    • Documentación original del vehículo.
    • Ficha técnica expedida por la ITV.
    • Documento que justifique el pago correspondiente en hacienda:
      • Si se trata de venta entre particulares, contrato de compraventa acompañada de traducción e Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales.
      • Si el vehículo adquieres a un compraventa de país distinto de España, se tienes que aportar factura en la que figure el número de IVA.
      • Si el vehículo lo adquieres a un compraventa español, se aportará factura y documento expedido por Hacienda, justificativo de estar dado de alta en esa actividad durante el ejercicio correspondiente.
  •  Adquiridos en países fuera de la UE:
    • Documentación original del vehículo.
    • Documento Único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la diligencia de importación del vehículo.

Los vehículos, nuevos o usados, procedentes de Reino Unido, salvo Irlanda del Norte, importados con posterioridad al 1 de enero de 2021 deberán cumplir los requisitos aplicables a vehículos adquiridos fuera de la UE. En el caso de que el vehículo tenga la condición de estatuto de la UE, serán aplicables los requisitos requeridos para vehículos adquiridos en la UE siempre y cuando se presente el certificado emitido por la AEAT que acredite esta condición.

Supuesto especial: Vehículos agrícolas y de transportes

Además de la documentación general, deberás aportar la siguiente documentación para los supuestos especiales siguientes:

  • Vehículos agrícolas: En los casos en los que se trate de un vehículo especial agrícola, previo a la matriculación en la DGT, es necesario realizar la inscripción del vehículo en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA). Dicho registro es autonómico, por lo que debes informarte en tu Comunidad Autónoma de las condiciones y pasos para realizar dicha comunicación. Una vez realizado el alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), deberás incluir en tu solicitud el documento acreditativo de haber comunicado previamente el cambio en el registro ROMA, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.
  • Autobuses o vehículos de transporte de mercancías con una MMA (Masa Máxima Autorizada) superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas: certificado de autorización de transportes, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.

¿Qué medios tienes para realizarlo?

Aunque lo habitual es que la gestión de la matriculación de un vehículo la realice el concesionario dónde lo has adquirido o un gestor, puedes hacerlo tú mismo:

1. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina local de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060. Deberás acudir con tu documentación original y en vigor para acreditar tu identidad:

  • Personas físicas: documento oficial que acredite tu identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
  • Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad del que firme.
  • Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto.

2. Por internet, a través del Registro Electrónico. Debes disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de cl@ve para acceder al registro. Además como la presentación de tu escrito deberá ir firmada, es importante que verifiques antes de realizar el registro que tienes descargado el programa AutoFirma. Dispones de un servicio que verifica que tu equipo cumple con los requisitos para poder realizar los trámites de manera telemática.

Puedes seguir las siguientes instrucciones:

  1. Compra y descarga el justificante de la tasa correspondiente.
  2. Rellena los datos de tu solicitud en nuestro Registro Electrónico:
    • Identifica y cumplimenta los datos del interesado, selecciona como “Organismo destinatario” tu Jefatura u Oficina local de Tráfico más cercana.
    • Cumplimenta el apartado “Asunto” con el texto: Matriculación de vehículo, seguido del número de bastidor del vehículo.
    • Finalmente, pulsa “Añadir documento” en la sección de “Documentos anexos” y adjuntando:
    • Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable ‘¿Quién presenta el trámite?’ la opción ‘Representante’, y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).
  3. Registra tu solicitud y conserva el justificante.
  4. Finalización el trámite. Una vez recibida y tramitada tu solicitud te enviaremos el Permiso de Circulación de tu vehículo a casa. En el caso de que tu vehículo no disponga de Ficha Técnica Electrónica eITV te avisaremos para que acudas a tu Jefatura u Oficina de Tráfico a entregar la ficha técnica y finalizar el trámite.

A la hora de presentar tu solicitud por registro debes tener en cuenta: 

  • La presentación por registro de una solicitud no es un trámite automático. Atenderemos tu solicitud en el menor plazo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo. En el momento en que tramitemos tu solicitud te avisaremos para que acudas a tu Oficina o Jefatura de Tráfico a entregar la ficha técnica del vehículo si ésta no es electrónica y finalizar el trámite. En otro caso te enviaremos a tu correo postal la documentación del vehículo ya matriculado.
  • A la hora de realizar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación.
  • Antes de adjuntar tus documentos digitales, verificar que éstos son fácilmente legibles y que se encuentran digitalizados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.

Coste del trámite

  • Para tramitar la matriculación de un vehículo (excepto ciclomotores) tienes que adquirir:
    La tasa 1.1 de 98,78 euros
  • Para el caso de ciclomotores, tendrás que comprar:
    La tasa 1.2 de 27,57 euros

Tienes varios medios para comprar tu tasa:

  • Si vas a realizar la solicitud del trámite por Internet a través del registro, deberás adquirir la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de compra en ella.
  • En caso de realizar el trámite presencialmente podrás comprar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.

¿Quién puede realizarlo?

La matriculación de un vehículo debe hacerla el comprador-titular o cualquier persona autorizada en su nombre.

Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.

También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.

Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.

Plazo de presentación y tramitación

El plazo máximo fijado para realizar el procedimiento de matriculación por parte de la DGT es de 3 meses. Si no obtienes respuesta en este plazo es que el trámite no se ha realizado, considerándose el silencio administrativo como negativo.

Preguntas más frecuentes

¿Puedo conducir mi vehículo mientras se tramita la matriculación?

No se puede conducir sin documentación ni placas, por lo que si quieres usar tu vehículo mientras gestionas la matriculación, puedes solicitar unas placas temporales (verdes)

¿Qué vehículos puedo matricular en tráfico?

Vehículos a motor o remolques que usen cualquier tipo de vía pública, por lo que quedan fuera de nuestro ámbito la matriculación de embarcaciones náuticas, aeronaves o cualquier otro vehículo que no haga uso para su desplazamiento de las vías públicas.

¿Qué vehículos no son necesarios matricular?

Como regla general se debe matricular cualquier vehículo a motor, así como remolques y semirremolques. Quedan excluidos los remolques y semiremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos.

También están exentos de matriculación los vehículos de movilidad personal (VMP)

¿Dónde consigo mis placas de matrícula?

Una vez hayas realizado la matriculación deberás dirigirte a un centro autorizado de expedición de placas de matrícula con la documentación original del vehículo que te hemos facilitado previamente, no son válidas las fotocopias.

Además, por temas de seguridad, te solicitarán el DNI, nombre, apellidos y dirección.

¿Puedo colocar una placa de matrícula de tamaño reducida en mi vehículo?

Únicamente se puede poner si el coche está homologado de fábrica para España con dichas placas. Si cuando lo compraste venía con las matrículas de tamaño estándar, no las podrás cambiar.


Si tu vehículo puede ser considerado histórico por su antigüedad (al menos 30 años), interés especial del mismo por haber participado en algún hecho importante, pertenecido a una personalidad o singularidad del vehículo por su escasez, puedes matricularlo como vehículo histórico para proteger su carácter representativo y simbólico de una determinada época de producción automovilística.

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¿Qué debes saber?

Un vehículo histórico es aquel que por su antigüedad, al menos 30 años, interés o singularidad merezca una consideración especial que proteja su carácter representativo y simbólico, resguardando así el patrimonio cultural y simbólico de nuestro tiempo y permitiendo su utilización con la debida seguridad técnica y mecánica.

Podrán ser considerados Vehículos Históricos y matricularse como tal aquellos que:

  • Tengan una antigüedad mínima de 30 años.
  • Estén incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural y los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento de trascendencia histórica.
  • Sean considerados vehículos de colección, que por sus características, singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial muy sobresaliente, merezcan acogerse al régimen de los vehículos históricos.

Si tu vehículo tiene una matrícula de formato antiguo Ayuda, con las siglas de provincia distintas a la provincia dónde esté empadronado podrás solicitar una matrícula de nuevo formato.

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¿Qué debes saber?

Puedes solicitar una matrícula de nuevo formato Ayuda si tienes un vehículo con la matrícula en formato antiguo Ayuda, y las siglas que identifican a la provincia no son las de la provincia dónde estés empadronado actualmente.

Previamente a realizar la solicitud, deberás solicitar la expedición de una nueva tarjeta de inspección técnica Ayuda en una estación de ITV, donde deberás acudir con el permiso de circulación Ayuda y la ficha técnica anterior de tu vehículo Ayuda.


Puedes solicitar unas placas para circular de manera temporal con tu vehículo mientras no se formaliza la matriculación definitiva del mismo. Estas placas, de color verde para particulares, están asociadas a unos permisos temporales de circulación que te permiten circular por ejemplo para uso y/o traslados de vehículos extranjeros importados o de vehículos que han sido dados de baja para exportación a terceros países.

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¿Qué debes saber?

Puedes solicitar un permiso temporal de circulación (que tiene asociado las conocidas placas de color verde) si eres propietario de un vehículo que actualmente no está aún matriculado (por ejemplo vehículos de importación en proceso de matriculación) o que has dado de baja para poder exportarlo a otro país y deseas usarlo en vía pública, mientras se tramita la matriculación definitiva.

Los supuestos en los que puedes solicitar un permiso temporal de circulación son:

  • Vehículos pendientes de tramitar su matriculación definitiva.Estos permisos temporales tienen una validez de 60 días:
    • Vehículos adquiridos en el extranjero sin matricular.
    • Vehículos que se hayan adjudicado sin matricular, en subasta o por sentencia judicial.
    • Vehículos que se hayan adquirido sin carrozar.
    • Vehículos que se hayan adquirido con matrícula no española en España o en el extranjero.
  • Vehículo nuevo que se vaya a matricular en Canarias, Ceuta o Melilla y se hayan comprado en otra provincia, puede solicitar un permiso temporal que ampare la circulación hasta la provincia de destino, con una validez de 10 días.
  • Para traslado del vehículo a la UE o al extranjero donde se volverá a matricular, con una validez de 60 días. El vehículo debe estar previamente dado de baja por exportación.

En caso de no haber podido realizar la matriculación dentro del plazo de vigencia del permiso temporal, tienes la posibilidad de prorrogar la validez de la matricula temporal.


Matriculaciones especiales (Cuerpo diplomático)

Para las matriculaciones especiales de cuerpo diplomático debes dirigirte al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Puedes hacer su consulta para informarte de cómo realizar la matriculación a través del buzón cancilleria@maec.es