Renovación del permiso de conducir próximo a caducar
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¿Qué debes saber?
Renueva tu permiso o licencia de conducir antes de que caduque. Una vez cumplida su fecha de caducidad, tu permiso no será valido para conducir hasta que lo renueves.
Puedes realizar la renovación en el Centro de Reconocimiento Médico donde vayas a realizar el informe de aptitud psicofísica necesario para la renovación. También puedes realizar la renovación de tu permiso en la DGT aportartando el informe de aptitud psicofísica expedido por el Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. Recuerda que el informe de aptitud caduca a los 90 días hábiles de su expedición.
A la hora de renovar tu permiso:
- Dependiendo de tu edad y del tipo de permiso, el permiso tendrá un periodo de validez distinto.
- No es necesario realizar ningún examen, solo superar un reconocimiento médico.
- Puedes presentar la solicitud desde 3 meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia, siempre que no hayas perdido la vigencia de tu permiso por haber perdido todos tus puntos.
- Adelantar la renovación no supone que pierdas días de validez ya que la prórroga de tu permiso empieza a contar desde la fecha en que caducara el antiguo.
- Aunque ya haya caducado puedes seguir renovando tu permiso, pero es importante que tengas en cuenta que no puedes conducir mientras tengas el permiso caducado.
- Puedes consultar, de manera telemática, el estado de tramitación en el que se encuentra tu permiso.
Si eres titular de un permiso español y tienes tu residencia habitual en otro Estado miembro de la Unión Europea, o estás residiendo temporalmente allí como estudiante (durante un periodo mínimo de seis meses), la renovación de tu permiso deberás hacerla en el Estado en el que estés residiendo. Pregunta a la administración nacional del país donde resides para que te informen de como debes realizar el trámite.
Del mismo modo, si tienes un permiso de conducir extranjero de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y necesitas renovarlo, el trámite que debes realizar es el de renovación de permisos de conducir comunitarios y del Espacio Económico Europeo.
¿Cuál es el periodo de vigencia de mi permiso?
La vigencia depende del tipo de permiso:
- Los permisos de la clase B (turismos) tiene un período de vigencia de 10 años hasta los 65 años. A partir de los 65 años la vigencia es de 5 años.
- Los permisos de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E tienen un periodo de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los 65 años de edad. A partir de esa edad el período de vigencia será de tres años.
La vigencia de los permisos está condicionada a que el titular no haya perdido totalmente sus puntos y a que mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento.
Igualmente el período de vigencia de las diversas clases de permiso podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquélla, es susceptible de agravarse.
Causas que impiden la renovación:
- a) La privación por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
- b) La intervención; medida cautelar o suspensión del permiso o licencia, tanto se hayan acordado en vía judicial o administrativa.
¿Qué medios tienes para hacer la renovación?
1. Presencialmente:
- En cualquier Centro de Reconocimiento de Conductores asociado, no tendrás que acudir a las oficinas de la DGT, ya que nosotros nos encargaremos de enviarte a casa tu nuevo permiso vía postal.
- En cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Entregando toda la documentación en nuestras oficinas. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060. En el momento de realizar el trámite del duplicado te entregaremos un permiso provisional. En un plazo aproximado de un mes y medio tendrás tu permiso definitivo. No te tienes que preocupar de ir a tu Jefatura u Oficina de Tráfico, te lo mandamos por correo postal a casa.
- Si te encuentras en el extranjero, en la representación diplomática o consular española en el país en el que te encuentres, no tendrás que acudir posteriormente a las oficinas de la DGT, ya que nosotros nos encargaremos de enviarte a casa tu nuevo permiso vía postal.
En cualquiera de estos casos deberás acudir con documentación original y en vigor para acreditar tu identidad:
- DNI o Pasaporte.
- Si eres extranjero comunitario: Autorización de residencia o documento de identidad de tu país, o Pasaporte junto con el Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
- Si eres extranjero no comunitario: Autorización de residencia en vigor.
2. Por internet, a través del Registro Electrónico. Debes disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de cl@ve para acceder al registro. Además como la presentación de tu escrito deberá ir firmada, es importante que verifiques antes de realizar el registro que tienes descargado el programa AutoFirma. Dispones de un servicio que verifica que tu equipo cumple con los requisitos para poder realizar los trámites de manera telemática.
Puedes seguir las siguientes instrucciones:
- Acude a un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado para obtener un informe de aptitud psicofísica. Ten en cuenta que el informe caduca a los 90 días hábiles.
- Compra y descarga el justificante de la tasa correspondiente.
- Rellena los datos de tu solicitud en nuestro Registro Electrónico:
- Identifica y cumplimenta los datos del interesado, selecciona como “Organismo destinatario” tu Jefatura u Oficina de Tráfico.
- Incluye en el “Asunto”: Renovación permiso de conducir + <número de DNI del solicitante>.
- Finalmente, pulsa “Añadir documento” en la sección de “Documentos anexos” adjunta los documentos:
- Impreso oficial de solicitud de renovación del permiso relleno. En el Impreso oficial puedes autorizar expresamente a la DGT a que compruebe telemáticamente tu domicilio de empadronamiento y del IAE. No obstante, si la DGT no obtiene información válida, deberás subsanarlo aportando la documentación.
- Informe de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado dentro de los 90 días hábiles anteriores a presentar la solicitud.
- Número de tasa correspondiente o resguardo de haber realizado el pago de la misma.
- Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable ‘¿Quién presenta el trámite?’ la opción ‘Representante’, y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).
- Registra tu solicitud y conserva el justificante.
- Finaliza el trámite en nuestras oficinas. Una vez recibida y tramitada tu solicitud te avisaremos y citaremos en tu Jefatura u Oficina de Tráfico para que entregues una fotografía original actual de 32×26 mm. y finalizar el trámite, entregándote en ese momento tu permiso temporal en mano.
A la hora de presentar tu solicitud por registro debes tener en cuenta que:
- La presentación por registro de una solicitud no es un trámite automático. Atenderemos tu solicitud en el menor plazo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo. En el momento en que tramitemos tu solicitud te avisaremos para que acudas a tu Oficina o Jefatura de Tráfico a entregar la documentación física exigida y finalizar el trámite.
- A la hora de realizar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación.
- Antes de adjuntar tus documentos digitales, verificar que éstos son fácilmente legibles y que se encuentran digitalizados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.
¿Qué necesitas?
a) Si renuevas en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, tendrás que aportar:
- Documentación original y en vigor para acreditar tu identidad y residencia: DNI o Pasaporte. Si eres extranjero comunitario, Autorización de residencia o documento de identidad de tu país, o Pasaporte junto con el Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Si eres extranjero no comunitario, Autorización de residencia.
- Informe de aptitud psicofísica que te habrá expedido por el propio Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado dónde te realizarán la exploración médica.
En el propio centro de reconocimiento puedes obtener el informe y pagar la tasa. Allí mismo te hacen la fotografía y podrás firmar la solicitud.
b) Si renuevas en la DGT ya sea en alguna de nuestras oficinas Jefatura u Oficina de Tráfico o a través de Internet deberás aportar:
- Impreso oficial de solicitud de renovación del permiso relleno. En el Impreso oficial puedes autorizar expresamente a la DGT a que compruebe telemáticamente tu domicilio de empadronamiento y del IAE. No obstante, si la DGT no obtiene información válida, deberás subsanarlo aportando la documentación.
- Informe de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. Ten en cuenta que el informe caduda a los 90 días hábiles de su expedición.
- Justificante de la compra de la tasa correspondiente, aportando el número de tasa o resguardo de haber realizado el pago de la misma.
- Fotografía original actual de 32×26 mm. en color y con fondo liso, tomada de frente con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar tu identificación. En el caso de realizar el trámite por internet, a través del Registro Electrónico, la fotografía se te solicitará cuando vengas a recoger el permiso temporal.
- Si por tu religión llevas el cabello cubierto, se admitirán las fotografías con velo, pero el óvalo del rostro debe aparecer totalmente descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte tu identificación
c) Si renuevas desde el extranjero, las solicitudes deben ser cursadas a través de las la representación diplomática o consular española en el país en el que te encuentres, siendo necesaria la siguiente documentación:
- Informe de aptitud psicofísica que será expedido por un médico del país donde te encuentres y visado por la Misión Diplomática u Oficina Consular de España en dicho país con una fotografía tuya reciente. Deberá especificar la aptitud para la conducción.
- Número de tasa correspondiente o resguardo de haber realizado el pago de la misma.
- Fotografía original actual de 32 x26 mm. en color y con fondo liso, tomada de frente con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar tu identificación.
- Si por tu religión llevas el cabello cubierto, se admitirán las fotografías con velo, pero el óvalo del rostro debe aparecer totalmente descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte tu identificación
En el propio consultado deberás cumplimentar y firmar el talón-foto que será relleno con la foto que lleves.
¿Quién puede realizarlo?
La solicitud para realizar la renovación o debe hacerla el titular del permiso o cualquier persona autorizada en su nombre.
Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.
También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, puede personarse presencialmente siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.
Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.
Coste del trámite
- En general la renovación del permiso o licencia requiere comprar:
La tasa es la 4.3 de 24,58 euros
- Para mayores de 70 años el trámite es gratuito.
- Si por razones médicas la prórroga es por un plazo inferior al establecido, las tasas a adquirir serán las siguientes:
- Hasta 4 años:
La tasa es la 4.3.4 de 19,67 euros
- Hasta 3 años:
La tasa es la 4.3.3 de 14,75 euros
- Hasta 2 años:
La tasa es la 4.3.2 de 9,83 euros
- Hasta 1 años:
La tasa es la 4.3.1 de 4,92 euros
- Hasta 4 años:
Tienes varios medios para comprar tu tasa:
- Si vas a realizar la solicitud del trámite por Internet a través del registro, deberás adquirir la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de compra en ella.
- En caso de realizar el trámite presencialmente podrás comprar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.
¿Dónde está regulado este trámite?
- Código SIA. 202336.
- Normativa reguladora:
- Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores (Art. 55).
- Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre, sobre el Permiso de Conducción, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 30 de diciembre de 2006.
Preguntas más frecuentes
¿Cuándo puedo realizar la renovación de mi permiso?
Puedes presentar la solicitud desde tres meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia.
Adelantar la presentación de la solicitud no supone, en ningún caso, que pierdas días de validez, ya que la prórroga se empieza a contar desde la fecha en que caduca el permiso o licencia.
¿Qué sucede si mi permiso ha caducado y quiero renovarlo?
Siempre puedes renovar tu permiso o licencia, da igual si ha caducado o cuando lo haya hecho. Lo que sí es importante recordar es que no puedes conducir con un permiso o licencia caducada.
¿Por qué me han dado menos años del que corresponde en la renovación de mi permiso?
La validez del permiso depende de tu edad, pero también de tu estado de salud.
Si durante el reconocimiento médico el doctor comprueba que padeces enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide la renovación, es susceptible de agravarse, el periodo de validez de tu permiso será menor. También será menor la tasa que debes pagar para renovarlo.
¿Cuánto puede tardar en llegar a casa el nuevo permiso?
Lo normal es que un mes y medio después de la realización de tu trámite tengas tu nuevo permiso ya en tu casa.
Mientras no me llega el nuevo permiso, ¿puedo conducir?
Sí, durante 3 meses podrás conducir con el permiso provisional. Dicho permiso provisional se entrega en el momento de realizar el trámite. En el caso de duplicados, te lo entregaremos nosotros mismos cuando te atendamos en ventanilla. Si se trata de una renovación, lo hará el centro médico en que realizaste el reconocimiento y para expediciones de nuevos permisos, será tu autoescuela la que te lo facilite.
¿Puedo conducir fuera de España con el permiso provisional?
No. Con el carné provisional sólo puedes conducir dentro de nuestras fronteras. Si vas a conducir en el extranjero deberás solicitar el Permiso Internacional, en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060.
¿Cómo renuevo mi permiso si estoy viviendo en el extranjero?
Si eres titular de un permiso español y tienes tu residencia habitual en otro Estado miembro de la Unión Europea, o estás residiendo temporalmente allí como estudiante (durante un periodo mínimo de seis meses), la renovación de tu permiso deberás hacerla en el Estado en el que estés residiendo. Pregunta a la administración nacional del país donde resides para que te informen de como debes realizar el trámite.
¿Qué hago si no me llega el nuevo permiso?
Pasado un tiempo prudencial del trámite aconsejamos que vayas al centro de reconocimiento médico dónde hiciste la renovación para que nos comunique la incidencia y podamos ver qué ha pasado y volvérselo a enviar si fuera necesario.