Transferencia o cambio de titularidad de un vehículo


Transferencia o cambio de titularidad de un vehículo


Acceso al servicio

(*) Se consideran casos excepcionales:

Transferencias de cualquier tipo de vehículo donde intervenga un compraventa o un comprador o vendedor con tutela, fallecimiento del titular, separación o divorcio, donaciones de vehículos, de vehículos históricos, de vehículos con más de un titular (cotitulares), vehículos adquiridos en subasta. Más información en el apartado «¿Cómo realizar la transferencia en los supuestos excepcionales?»


Qué debes saber

Si eres el comprador de un vehículo usado tienes un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato para realizar el cambio de titularidad del mismo. Una vez efectuado el trámite, se expedirá un nuevo permiso de circulación que únicamente será válido si posee la ITV en vigor.

  • Antes de realizar el trámite del cambio de titularidad, conviene que tengas en cuenta las recomendaciones que te hacemos como comprador del vehículo, para hacerlo de una manera fácil y evitando cualquier tipo problemas y confusiones.
  • Para que un vehículo pueda ser transferido debe estar en situación de alta administrativa y cumplir el resto de requisitos indicados en el apartado de ‘Requisitos previos’.
  • El contrato de compraventa del vehículo debe estar firmado tanto por el comprador como por el vendedor en cada una de las hojas que lo componen) y el comprador debe quedarse con una fotocopia del DNI, NIF o Tarjeta de Residencia del vendedor. Es conveniente que en el contrato se incluya la hora exacta en que se entrega el vehículo.
  • Antes de realizar el cambio de titularidad debes justificar el pago, exención o no sujeción del impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620 o modelo 621 según corresponda) en la comunidad autónoma en la que tengas tu domicilio fiscal. En casi todas las Comunidades Autónomas lo puedes hacer fácilmente y de manera telemática.