Canjes de permisos de conducir extranjeros


Canjes de permisos de conducir extranjeros


 

Si el país de origen del permiso no se encuentra en la lista, no es posible canjear el permiso, tendrás que obtener un permiso nuevo.

No son canjeables los permisos de conducir extranjeros obtenidos en fecha posterior a la firma del Convenio respectivo, cuando su titular hubiera obtenido el permiso siendo ya residente legal en España.

¿Qué debes saber?

Si eres residente en España y tienes algún permiso de conducir expedido en tu país de origen puedes canjear, o cambiarlo por uno español equivalente -entregando siempre el original-, cuando exista un convenio con tu país de origen, y reúnas una serie de requisitos administrativos.

Recuerda: No son canjeables los permisos de conducir extranjeros obtenidos en fecha posterior a la firma del Convenio respectivo, cuando su titular hubiera obtenido el permiso siendo ya residente legal en España.

Si tu permiso no es de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) y no aparece en el listado de países con convenio, no se puede realizar el canje de tu permiso. Tendrás que obtener un nuevo permiso.


Validez de los permisos extranjeros en España

Para ciudadanos provenientes de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) su permiso será válido para conducir en nuestro país mientras esté en vigor. La realización del canje es por tanto un trámite totalmente voluntario.

En cambio, si vienes de fuera de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) tu permiso es solo valido durante el plazo de seis meses, como máximo, contados desde que hayas adquirido la residencia normal en España. Por lo que estarás obligado a realizar un canje si quieres seguir conduciendo en nuestro país.

Recuerda que no es canjeable el permiso de conducir si lo has obtenido en tu país de origen siendo ya residente legal en España.


Canjes, inscripción, renovación y sustitución de permisos de la UE y EEE

Los permisos de conducir expedidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) son válidos para conducir en España mientras estén en vigor y no hayan sido retirados por ninguna razón, con la salvedad de que la edad requerida para la conducción corresponderá a la exigida para obtener el permiso de conducir español equivalente.

Importante: Con la salida del Reino Unido de la Unión Europea, los permisos de conducir británicos dejarán de ser válidos para conducir en España a partir del 31 de diciembre de 2020. En caso de ser residente en nuestro país, si quieres seguir poder conduciendo por nuestras carreteras, deberás realizar el canje, renovación o sustitución de tu permiso por uno español antes de dicha fecha.

Desde la DGT puedes realizar distintos trámites relacionados con tu permiso europeo:


Canjes, inscripción, renovación y sustitución de permisos del Reino Unido

El Reino Unido dejó de pertenecer de forma efectiva a la Unión Europea a partir del 31 de diciembre de 2020, por lo que todos los acuerdos en materia de tráfico en el marco de la UE han dejado de tener validez para los titulares de los permisos de conducir expedidos por el Reino Unido.

Los permisos provenientes del Reino Unido solo serán válidos para conducir en España hasta el 30 de abril de 2022, siendo necesario si eres residente en nuestro país para seguir conduciendo en élrealizar el canje, renovación o sustitución de tu permiso del Reino Unido por el equivalente español si solicitaste el trámite antes del 31 de diciembre de 2020.


Canjes de permisos de Andorra, Corea, Japón, Suiza y Mónaco

Los permisos de conducir de residentes en España que hayan sido expedidos en Andorra, Corea, Japón, Suiza y Mónaco pueden ser canjeados por un permiso español equivalente, de manera directa cuando se reúnan una serie de requisitos administrativos.


Canjes de otros países con convenio

Los permisos de conducir de residentes en España que hayan sido expedidos en países con los que exista convenio pueden ser canjeados por un permiso español equivalente, cuando se reúnan una serie de requisitos administrativos. En alguno de los casos será necesario realizar pruebas de aptitud adicionales para poder realizar el canje.

Si tu permiso no es de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) o Andorra, Suiza y Mónaco, y tu país no aparece en el listado de países con convenio, no se puede realizar el canje de tu permiso. Tendrás que obtener un nuevo permiso.

Los países con convenio de canje son los siguientes:  República Argelina Democrática y Popular, República Argentina, República de Bolivia, República de Chile, República de Colombia, República de Ecuador, Reino de Marruecos, República de Nicaragua, República de Perú, República Dominicana, República de Panamá, República de Paraguay, República de Uruguay, República Federativa de Brasil, República de El Salvador, República de Filipinas, República de Guatemala, República de Serbia, República de Turquía, Túnez, Ucrania, Macedonia. No obstante, puedes consultar la lista de países que tienen convenios bilaterales con España y sus fechas.


Canjes de países sin convenio para conductores profesionales

Si eres un conductor profesional residente en España y tienes un permiso de conducir expedido por un país no comunitario con el que España no tiene convenio, tienes la posibilidad de canjearlo por uno español cumpliendo una serie de requisitos.