Toda la información:
Trámites para Centros de Formación ADR – Mercancías peligrosas
CENTROS ADR – FORMACIÓN PARA CONDUCIR MERCANCÍAS PELIGROSAS
Apertura, modificación y cierre de centros de formación para mercancías peligrosas
Solicitud nuevo curso ADR de mercancías peligrosas para conductores
Solicitud nuevo curso ADR de formación de personal docente ADR
¿Qué debes saber?
Los Centros ADR de formación para conducir mercancías peligrosas son los encargados de impartir los cursos a los conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas y acreditar así los conocimientos necesarios para transportar y manipular dicha carga durante su transporte. Dichos cursos son imprescindibles para poder optar a la autorización administrativa especial, conocida como permiso de mercancías peligrosas ADR, que permite el transporte de dichas mercancías.
Si tienes un Centro ADR o estás interesado en montar uno, en este apartado puedes obtener información sobre como realizar la apertura, modificación y cierre de dichos centros, así como solicitar la autorización de apertura de cursos tanto para conductores como para formación de personal docente ADR.
Apertura, modificación y cierre de centros de formación para mercancías peligrosas
Si tu intención es abrir, realizar un cambio de titularidad o extinguir un Centro ADR de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas, necesitas la autorización de la Jefatura u Oficina de Tráfico que se encuentre en la provincia o localidad del Centro.
Acceso al servicio
- Registro Electrónico
- Presencial
- Teléfono
- App miDGT
¿Qué debes saber?
Si tu intención es abrir, realizar un cambio de titularidad o extinguir un Centro ADR de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas, necesitas la autorización por parte de la Jefatura u Oficina de Tráfico de la provincia donde se vaya a abrir el centro. La autorización tendrá validez en todo el territorio español.
Una vez que se concede una autorización, su titular puede abrir sedes en cualquier localidad del territorio nacional.
Un centro de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas, deberá constar de los siguientes medios personales y materiales:
- En lo relativo a los elementos personales deberá disponer al menos de:
- Un titular, debidamente autorizado.
- Un director de enseñanza.
- Personal docente, con un número mínimo establecido en la normativa.
- En lo relativo a elementos materiales será necesario que el centro cuente con al menos:
- Un local.
- Instalaciones, medios, equipos de protección e intervención adecuados para impartir la enseñanza y realizar las prácticas sobre extinción de incendios.
- Material didáctico.
Para más información, consulta la normativa que regula este trámite en el apartado ‘¿Dónde está regulado este trámite?’
¿Qué necesitas para realizar un alta de Centro ADR?
Para el alta de un Centros ADR de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas, necesitarás aportar la siguiente documentación:
- Solicitud rellena en impreso oficial, cumplimentando todos los campos los siguientes datos:
- Nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad de la persona o personas físicas titulares del centro, o la razón social o denominación y número de identificación fiscal si es persona jurídica.
- Denominación, domicilio y teléfono del centro.
- Nombre, apellidos, número de documento nacional de identidad y titulación de las personas que vayan a ejercer como Director titular y, en su caso, suplente, del mismo e idénticos datos de todos y cada uno de los Profesores.
- Memoria explicativa en la que se indique las clases de cursos para cuya enseñanza se solicita autorización, capacidad y especialización para impartirlos, la organización, programación y duración de los mismos ,el desarrollo detallado del programa de formación, los métodos pedagógicos a utilizar y cuantos datos sean necesarios para exponer la planificación de la actividad.
- Número de tasa o resguardo de haber abonado la tasa correspondiente:
La tasa es la 3.1 de 441,91 euros
- Relación del personal docente con su cualificación y, en su caso, especialización.
- Autorización municipal para ejercer la actividad en los locales solicitados. Si estos locales tienen una superficie inferior a 750 metros cuadrados, se podrá iniciar la actividad presentando una declaración responsable o comunicación previa.
- En el caso de disponer de instalaciones propias para la realización de las pruebas y ejercicios prácticos individuales, documento que lo acredite y autorización municipal para ejercer la actividad en las mismas. De no disponer, se aportará un documento que justifique el concierto que se haya llegado para utilizar instalaciones adecuadas.
- Relación del material didáctico y de los equipos, medios y elementos de que dispone para los ejercicios prácticos.
- Plano de los locales e instalaciones a escala mínima 1:50 en el que conste la distribución, forma y superficie de las distintas dependencias, así como plano de situación de los mismos.
- Memoria explicativa en la que se indique las clases de cursos para cuya enseñanza se solicita autorización, la capacidad y especialización para impartirlos, la organización, programación y duración de los mismos, el desarrollo detallado del programa de formación, los métodos pedagógicos a utilizar y demás información que se considere adecuada
La Jefatura Provincial de Tráfico en cuyo territorio tenga su domicilio el centro para el que se solicita autorización, previo examen de la solicitud y documentación aportada realizará una visita de inspección previa a otorgar la autorización.
¿Qué necesitas para realizar una modificación de un Centro ADR?
En el que caso de que se realice algún cambio en el Centro ADR, éste deberá ser notificado a la Jefatura u Oficina de Tráfico de la provincia donde se encuentre el centro en el plazo de 15 días desde la fecha en que el hecho se produjo el cambio. Los cambios que deben ser notificados son los siguientes:
- Cambio de titularidad del centro.
- Alta o baja del personal directivo o docente
- Cambio o modificación de los locales, o de las instalaciones destinadas a la realización de las pruebas y ejercicios prácticos individuales.
- Y, en general, cualquier variación de los datos que figuran en la autorización.
Para realizar una modificación un Centros ADR de formación, necesitarás presentar la solicitud y esperar la contestación de la Jefatura u Oficina de Tráfico aportando:
- Solicitud rellena en impreso oficial.
- Número de tasa o resguardo de haber abonado:
La tasa es la 3.2 de 44,58 euros
¿Qué necesitas para realizar una suspensión o extinción de un Centro ADR?
Un Centro ADR de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas puede cerrarse ya sea temporalmente o de manera definitiva.
- Suspensión temporal: Cuando se trate de un cierre de un máximo de un año. Cuando el plazo de inactividad sea superior, la autorización de la suspensión dependerá de que no se deriven graves perjuicios para la enseñanza, y siempre por tiempo no superior a dos años.
- Suspensión definitiva por extinción del centro: Por muerte, disolución de la sociedad o renuncia expresa de su titular. También se extingue por cese de su funcionamiento por tiempo superior a un año, salvo que se haya solicitado la suspensión de acuerdo con el párrafo anterior, o por haber transcurrido el plazo de un año desde que finalizó la suspensión sin que se reanuden las actividades del centro.
En ambos casos se necesitará realizar la solicitud y esperar la contestación de la Jefatura u Oficina de Tráfico aportando:
- Solicitud rellena en impreso oficial.
- Número de tasa o resguardo de haber abonado:
La tasa es la 4.1 de 8,67 euros
¿Qué medios tienes para realizarlo?
1. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Consulta en tu Jefatura u oficina el horario de atención a centros de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas.
2. Por internet, a través del Registro Electrónico. Debes disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de cl@ve para acceder al registro. Además como la presentación de tu escrito deberá ir firmada, es importante que verifiques antes de realizar el registro que tienes descargado el programa AutoFirma. Dispones de un servicio que verifica que tu equipo cumple con los requisitos para poder realizar los trámites de manera telemática.
Puedes seguir las siguientes instrucciones:
- Compra y descarga el justificante de la tasa correspondiente.
- Rellena los datos de tu solicitud en nuestro Registro Electrónico:
- Identifica y cumplimenta los datos del interesado, selecciona como “Organismo destinatario” tu Jefatura u Oficina local de Tráfico más cercana.
- Cumplimenta el apartado “Asunto” con el texto: “Alta/Baja/Modificación de centro ADR)” según corresponda, seguido del nombre del centro.
- Finalmente, pulsa “Añadir documento” en la sección de “Documentos anexos” y adjuntando:
- Solicitud rellena en impreso oficial.
- Número de tasa o resguardo de la misma.
- Los demás documentos descritos anteriormente, aportando para los supuestos especiales la documentación adicional exigida.
- Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable ‘¿Quién presenta el trámite?’ la opción ‘Representante’, y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).
- Registra tu solicitud y conserva el justificante.
- Una vez recibida y estudiada tu solicitud nos pondremos en contacto contigo a través de la DEV o correo electrónico para realizar los requerimientos necesarios o informar de la realización del trámite.
A la hora de presentar tu solicitud por registro debes tener en cuenta:
- La presentación por registro de una solicitud no es un trámite automático. Atenderemos tu solicitud en el menor plazo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo. En el momento en que tramitemos tu solicitud te enviaremos un correo electrónico confirmándote que ya ha sido realizado.
- A la hora de realizar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación.
- Antes de adjuntar tus documentos digitales, verificar que éstos son fácilmente legibles y que se encuentran digitalizados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.
¿Quién puede realizarlo?
El titular del Centro ADR de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas o cualquier persona autorizada en su nombre.
Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.
También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.
Coste del trámite
- Para tramitar el alta de un Centro ADR de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas, tienes que abonar:
La tasa es la 3.1 de 441,91 euros
- Para realizar una moficación de un Centro ADR de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas, hay abonar:
La tasa es la 3.2 de 44,58 euros
- Para realizar una suspensión temporal y extinción de un Centro ADR de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas, tienes que abonar:
La tasa es la 4.1 de 8,67 euros
Tienes varios medios para comprar tu tasa:
- Si vas a realizar la solicitud del trámite por Internet a través del registro, deberás adquirir la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de compra en ella.
- En caso de realizar el trámite presencialmente podrás comprar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.
¿Dónde está regulado este trámite?
- Orden de 18 de junio de 1998 por la que se regulan los cursos de conducción para conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas y los centros de formación que podrán impartirlos.
- Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
Preguntas más frecuentes
¿Cómo puedo ser profesor de Centros ADR?
Realizando un Curso de formador de formadores de mercancías peligrosas en un Centro autorizado.
¿Necesito tener la Autorización de mercancías peligrosas en vigor para ejercer como profesor en un centro ADR?
Es necesario tener la autorización de mercancías peligrosas en vigor( básica y cisterna) para tomar parte en el curso de formador de formadores que permitirá obtener el certificado pero no es obligatoria para ejercer como profesor una vez conseguido el certificado.
¿Puede existir mas de un Director en un Centro ADR?
Sí. La normativa recoge la figura de un director suplente.
¿Puede una misma persona ser titular, director y profesor de un Centro ADR?
Sí, si cumple los requisitos para ser titular indicados en la normativa y posee además los certificados de especialización necesarios para ser profesor y director.
¿Puede carecer un Centro ADR de parte del personal obligatorio indicado en la normativa?
Sí puede carecer del personal de extinción de incendios y o personal de primeros auxilios indicados en la normativa pero en ese caso deberá concertarlo con organismos o empresas especializadas y acreditarlo documentalmente ante la Jefatura de Tráfico.
¿Puedo dar clases en un local con menos de 30 metros cuadrados?
No, es obligatorio que cada aula posea 30 metros cuadrados como mínimo.
¿Puedo carecer de instalaciones y equipos para realizar las prácticas de extinción de incendios?
Sí, pero en ese caso igual que con el personal se deberá realizar un concierto con empresas u organismos especializados y acreditarlo documentalmente antes la Jefatura de Tráfico.
¿Se necesita autorización municipal para ejercer esta actividad tanto en los locales destinados a clases teóricas como en las instalaciones de extinción de incendios?
Sí, en la normativa se indica la necesidad de poseer autorización tanto para la parte teórica como para la práctica.
¿Puedo perder mi autorización de Centro ADR si estoy más de un año sin realizar ningún curso?
Sí, si no se ha solicitado la suspensión temporal del centro que tendrá una duración máxima de dos años cumpliendo los requisitos establecidos en la normativa.
¿Existe algún formato predefinido para la memoria explicativa?
Esta memoria por lo general se entrega en papel, en el momento de presentar el resto de la documentación de apertura del centro. No hay formato establecido y se incluyen las informaciones solicitadas en este apartado de la Orden de 18 de junio de 1998: las clases de cursos para cuya enseñanza se solicita autorización, capacidad y especialización para impartirlos, la organización, programación y duración de los mismos ,el desarrollo detallado del programa de formación, los métodos pedagógicos a utilizar y cuantos datos sean necesarios para exponer la planificación de la actividad.
Solicitud nuevo curso ADR de mercancías peligrosas para conductores
Los Centros ADR, antes de comenzar a impartir un nuevo curso de formación dirigido a conductores, necesitan solicitar y obtener una autorización por parte de la DGT de apertura de cursos para conductores.
El centro autorizado para impartir cursos solicitará el permiso para realizar el curso a la Jefatura Provincial de Tráfico en cuyo territorio vaya a celebrar, con al menos diez días de antelación a la fecha de su inicio.
Acceso al servicio
- Registro Electrónico
- Presencial
- Teléfono
- App miDGT
¿Qué debes saber?
Una vez que los Centros ADR de formación para conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas tienen su correspondiente autorización de apertura y funcionamiento, pueden empezar a organizar e impartir cursos tanto dirigidos a conductores como a formador de formadores.
Previamente a comenzar a impartir un curso, el centro autorizado realizar una solicitud para poder realizarlo a la Jefatura Provincial de Tráfico en cuyo territorio vaya a celebrar, con al menos diez días de antelación a la fecha de su inicio.
La Jefatura Provincial de Tráfico, previo examen de la documentación aportada y subsanación, en su caso, de las deficiencias observadas, tras girar visita de inspección cuando proceda, dictará resolución concediendo o denegando la aprobación del curso.
Una vez concedido el curso, la Jefatura enviará un ejemplar de la resolución aprobando el curso y de los documentos en los que conste la programación del curso y la relación de conductores participantes en el mismo a que se refieren, ambos sellados por la Jefatura Provincial de Tráfico, permanecerán expuestos durante el curso en el aula donde se imparta.
¿Qué cursos puede impartir mi centro?
Dentro de los cursos dirigidos a conductores existen los siguientes cursos:
- Cursos de formación inicial básico o de especialización. Permiten obtener o ampliar la autorización especial que habilita a conducir vehículos que transportan mercancías peligrosas (arts. 26 y 29 del Reglamento General de Conductores).
- Cursos de reciclaje básico o de especialización. Permiten prorrogar el periodo de vigencia de una autorización especial en vigor (art. 28 del Reglamento General de Conductores).
Tanto los cursos de formación inicial como los de reciclaje podrán ser:
- Básico.
- De especialización. Podrán versar sobre:
- Transporte en cisternas.
- Transporte de materias y objetos explosivos de la clase 1.
- Transporte de materias radiactivas de la clase 7.
La formación, tanto la inicial como la de reciclaje, podrá impartirse en cursos polivalentes (que el ADR denomina de formación integral) que comprendan, sucesivamente y sin solución de continuidad, la formación básica y, al menos, una especialización, según indica el apartado tercero del punto décimo de la Orden de 18 de junio de 1998 por la que se regulan los cursos de conducción para conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas y los centros de formación que podrán impartirlos.
¿Qué necesitas?
- Debe realizarse una solicitud por cada curso que se quiera impartir. En cada una de ellas, suscrita por el Director del centro, constarán, al menos, los siguientes datos:
- La clase del curso a impartir especificando si es de formación inicial o de reciclaje y, en ambos casos, si se refiere a la formación básica o de especialización, indicando en este caso la especialización sobre que versará, o a ambas.
- El lugar y locales donde se celebrará el curso. Cuando se imparta en locales o localidad distintos de aquellos en los que radique el centro, los locales, instalaciones, medios, equipos, elementos de protección y material didáctico.
- Las fechas de inicio y finalización del curso, así como la programación del mismo en la que se precisen, como mínimo, el horario de las clases, el contenido de cada una de ellas y el Profesor que las impartirá.
- El lugar e instalaciones, fecha y hora donde se realizarán las pruebas y los ejercicios prácticos individuales.
- Los datos de la persona que haya de controlar el curso, caso de no hacerlo el Director del centro, acompañando fotocopia de su Documento Nacional de Identidad.
- Relación de los Profesores, indicando su especialidad, que han de impartirlo, y, en caso de concierto a que se refiere el punto 2 del apartado segundo de la Orden de 18 de junio de 1998, los del Organismo, empresa o entidad a que pertenezcan.
- Relación de los conductores que participarán en el curso, en la que constarán su nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad o, en su caso, del número de identificación de extranjero, así como la clase o clases de permiso de conducción ordinario en vigor de que sean titulares y fechas de expedición y caducidad.
- Además se debe aportar el número de tasa o resguardo de haber abonado la tasa correspondiente:
Recuerda que cualquier variación de los datos que sirvieron de base para la aprobación del curso deberá ser comunicada a la Jefatura Provincial de Tráfico que lo haya aprobado con, al menos, veinticuatro horas de antelación a la fijada para su inicio a efectos de hacerlo constar en aprobación complementaria, si procediera.
¿Qué medios tienes para realizarlo?
1. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Consulta en tu Jefatura u oficina el horario de atención a centros de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas.
2. Por internet, a través del Registro Electrónico. Debes disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de cl@ve para acceder al registro. Además como la presentación de tu escrito deberá ir firmada, es importante que verifiques antes de realizar el registro que tienes descargado el programa AutoFirma. Dispones de un servicio que verifica que tu equipo cumple con los requisitos para poder realizar los trámites de manera telemática.
Puedes seguir las siguientes instrucciones:
- Compra y descarga el justificante de la tasa correspondiente.
- Rellena los datos de tu solicitud en nuestro Registro Electrónico:
- Identifica y cumplimenta los datos del interesado, selecciona como “Organismo destinatario” tu Jefatura u Oficina local de Tráfico más cercana.
- Cumplimenta el apartado “Asunto” con el texto: “Solicitud de cursos ADR)” seguido del nombre del centro.
- Finalmente, pulsa “Añadir documento” en la sección de “Documentos anexos” y adjuntando:
- Solicitud rellena en impreso oficial.
- Número de tasa o resguardo de la misma.
- Los demás documentos descritos anteriormente, aportando para los supuestos especiales la documentación adicional exigida.
- Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable ‘¿Quién presenta el trámite?’ la opción ‘Representante’, y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).
- Registra tu solicitud y conserva el justificante.
- Una vez recibida y estudiada tu solicitud nos pondremos en contacto contigo a través de la DEV o correo electrónico para realizar los requerimientos necesarios o informar de la realización del trámite.
A la hora de presentar tu solicitud por registro debes tener en cuenta:
- La presentación por registro de una solicitud no es un trámite automático. Atenderemos tu solicitud en el menor plazo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo. En el momento en que tramitemos tu solicitud te enviaremos un correo electrónico confirmándote que ya ha sido realizado.
- A la hora de realizar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación.
- Antes de adjuntar tus documentos digitales, verificar que éstos son fácilmente legibles y que se encuentran digitalizados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.
Plazo de presentación
El centro autorizado para impartir el curso debe solicitar el permiso para su realización a la Jefatura Provincial de Tráfico en cuyo territorio vaya a celebrar con al menos diez días de antelación a la fecha de su inicio.
Además si por alguna circunstancia hubiera cualquier variación de los datos que sirvieron de base para la aprobación del curso, ésta deberá ser comunicada a la Jefatura Provincial de Tráfico que lo haya aprobado con, al menos, veinticuatro horas de antelación a la fijada para su inicio a efectos de hacerlo constar en aprobación complementaria, si procediera.
¿Quién puede realizarlo?
El titular del Centro ADR de formación para conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas o cualquier persona autorizada en su nombre.
Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.
También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.
Coste del trámite
La solicitud del permiso para realizar el curso requiere el pago de:
Tienes varios medios para comprar tu tasa:
- Si vas a realizar la solicitud del trámite por Internet a través del registro, deberás adquirir la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de compra en ella.
- En caso de realizar el trámite presencialmente podrás comprar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.
¿Dónde está regulado este trámite?
- Reglamento General de Conductores.
- Orden de 18 de junio de 1998 por la que se regulan los cursos de conducción para conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas y los centros de formación que podrán impartirlos.
Preguntas más frecuentes
¿Puedo realizar un curso en un local que no sea el que figura en la autorización de apertura del Centro?
Sí, pero se debe hacer constar en la solicitud de curso presentada a la Jefatura para que esta realice una inspección al local previa obligatoria antes de que se realice el curso para ver si cumple los requisitos necesarios.
¿Puedo unificar en una misma aula a alumnos de cursos que quieran obtener la autorización con alumnos de cursos que quieran prorrogarla?
No. No se deben mezclar en un mismo curso o aula alumnos que deseen renovar una autorización ADR con los interesados en la obtención o ampliación de dicha autorización.
¿Puede haber más de 30 alumnos en un curso de mercancías peligrosas?
No, es el número máximo y para ello el local deberá contar con 45 metros cuadrados como mínimo.
¿Es obligatorio realizar y aprobar un curso de ADR para obtener o prorrogar la autorización?
Sí, se debe superar el curso para presentarse al examen en la Jefatura de Tráfico.
¿Cuánto tiempo deben durar las prácticas de extinción de incendios de mercancías peligrosas en los cursos?
No hay un tiempo fijo determinado. Debe ser suficiente para que todos los participantes del curso puedan participar de forma activa y desarrollar además las capacidades teóricas que han adquirido.
¿Puedo hacer cambios de personal docente o instalaciones una vez iniciado el curso?
No. Cualquier cambio ha de ser comunicado a la Jefatura de aprobación del curso con una fecha límite de 24 horas antes del inicio.
Solicitud nuevo curso ADR de formación de personal docente ADR
Los Centros ADR, antes de comenzar a impartir un nuevo curso de formación dirigido a dirigidos a los futuros profesores o personal docente de los centros de formación, necesitan solicitar y obtener la autorización por parte de la DGT de apertura de cursos para formador de formadores ADR.
El centro autorizado para impartir cursos solicitará el permiso para realizar el curso a la Jefatura Provincial de Tráfico en cuyo territorio vaya a celebrar, con al menos diez días de antelación a la fecha de su inicio.
Acceso al servicio
- Registro Electrónico
- Presencial
- Teléfono
- App miDGT
¿Qué debes saber?
Una vez que los Centros ADR de formación para conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas tienen su correspondiente autorización de apertura y funcionamiento, pueden empezar a organizar e impartir cursos tanto dirigidos a conductores como a formación de personal docente.
Previamente a comenzar a impartir un curso, el centro autorizado realizar una solicitud para poder realizarlo a la Jefatura Provincial de Tráfico en cuyo territorio vaya a celebrar, con al menos diez días de antelación a la fecha de su inicio.
La Jefatura Provincial de Tráfico, previo examen de la documentación aportada y subsanación, en su caso, de las deficiencias observadas, tras girar visita de inspección cuando proceda, dictará resolución concediendo o denegando la aprobación del curso.
Una vez concedido el curso, la Jefatura enviará un ejemplar de la resolución aprobando el curso y de los documentos en los que conste la programación del curso y la relación de conductores participantes en el mismo a que se refieren, ambos sellados por la Jefatura Provincial de Tráfico, permanecerán expuestos durante el curso en el aula donde se imparta.
Estos cursos también podrán ser impartidos por la Dirección General de Tráfico, bien directamente o en colaboración con otros Organismos, Entidades o Centros.
Una vez finalizado el curso, los certificados de aptitud que expidan los centros a quienes superen los cursos, deberán ser visados e inscritos en el correspondiente registro por la Dirección General de Tráfico.
¿Qué requisitos tiene el curso ADR de formación de personal docente?
Los cursos de formación de personal docente, en su fase de presencia activa y obligatoria de los participantes en el mismo, tendrán una duración de, al menos, doscientas diez horas lectivas.
Podrán ser impartidos por centros autorizados que dispongan de personal debidamente cualificado y experto y de los locales, instalaciones y material didáctico mínimos que se indican en los apartados tercero y cuarto de la Orden de 18 de junio de 1998, y con sujeción al temario y programación autorizados por la Dirección General de Tráfico.
El temario del curso, con independencia de las materias relativas a extinción de incendios, comportamiento en caso de accidente o incidente, primeros auxilios, pedagogía y psicología, comprenderá, al menos, las materias que se indican en los anexos I y II de la Orden de 18 de junio de 1998.
La programación deberá precisar el horario de las clases, el contenido de cada una de ellas y el Profesor que las impartirá, así como las evaluaciones parciales y finales a realizar. No se podrán impartir más de siete horas lectivas de clase al día.
Para participar en el curso los alumnos deberán estar en posesión de la autorización especial que les habilite para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas, tanto en vehículos cisterna como en vehículos no cisterna.
El número máximo de alumnos que podrá recibir simultáneamente enseñanza no podrá exceder de 20 que, además, estará en relación con la superficie del aula en la que se impartan las clases a razón de dos metros por alumno.
El profesorado que imparta los cursos estará formado por personal cualificado y experto en normativa nacional e internacional reguladora de la seguridad, circulación y transporte de mercancías peligrosas, extinción de incendios, operaciones de carga y descarga, comportamiento en caso de accidente o incidente, primeros auxilios, pedagogía y psicología. Para impartir la formación teórica y, en su caso, la formación práctica conexa con la teórica relativa a las mercancías de la clase 7 (radioactivos) el profesor tendrá que tener una especialización y cualificación especifica en dichas materias.
¿Qué necesitas?
- Debe realizarse una solicitud por cada curso que se quiera impartir. Cada una de ellas, suscrita por el Director del centro, deberá ir acompañada con una memoria explicativa del curso, que deberá ser acreditada documentalmente, en la que consten:
- Elementos personales, su especialización y titulación.
- Los locales e instalaciones, su situación y características.
- El material didáctico.
- El temario y su programación detallada, los métodos pedagógicos a utilizar y cuantos datos sean necesarios para exponer la planificación de la actividad formativa y docente.
- Además se debe aportar el número de tasa o resguardo de haber abonado la tasa correspondiente:
La Dirección General de Tráfico, bien directamente o a través de su Organización periférica, podrá inspeccionar los centros y cursos de formación de formadores, las clases y la realización de las evaluaciones, así como las pruebas y ejercicios prácticos, en cualquier momento y cuantas veces juzgue conveniente, debiendo en todo caso realizarse inspección previa a la aprobación del curso cuando éste tenga lugar en local o localidad distintos de aquellos en los que radique el centro. Es de aplicación el apartado decimoctavo de la Orden de 18 de junio de 1998 en cuanto forma de realizar las inspecciones, documentación derivada de las mismas y competencias y obligaciones tanto de los funcionarios encargados de realizar las inspecciones como del titular del centro y del personal directivo y docente del mismo.
¿Qué medios tienes para realizarlo?
1. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Consulta en tu Jefatura u oficina el horario de atención a centros de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas.
2. Por internet, a través del Registro Electrónico. Debes disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de cl@ve para acceder al registro. Además como la presentación de tu escrito deberá ir firmada, es importante que verifiques antes de realizar el registro que tienes descargado el programa AutoFirma. Dispones de un servicio que verifica que tu equipo cumple con los requisitos para poder realizar los trámites de manera telemática.
Puedes seguir las siguientes instrucciones:
- Compra y descarga el justificante de la tasa correspondiente.
- Rellena los datos de tu solicitud en nuestro Registro Electrónico:
- Identifica y cumplimenta los datos del interesado, selecciona como “Organismo destinatario” tu Jefatura u Oficina local de Tráfico más cercana.
- Cumplimenta el apartado “Asunto” con el texto: “Solicitud de cursos ADR de Formadores)” seguido del nombre del centro.
- Finalmente, pulsa “Añadir documento” en la sección de “Documentos anexos” y adjuntando:
- Solicitud rellena en impreso oficial.
- Número de tasa o resguardo de la misma.
- Los demás documentos descritos anteriormente, aportando para los supuestos especiales la documentación adicional exigida.
- Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable ‘¿Quién presenta el trámite?’ la opción ‘Representante’, y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).
- Registra tu solicitud y conserva el justificante.
- Una vez recibida y estudiada tu solicitud nos pondremos en contacto contigo a través de la DEV o correo electrónico para realizar los requerimientos necesarios o informar de la realización del trámite.
A la hora de presentar tu solicitud por registro debes tener en cuenta:
- La presentación por registro de una solicitud no es un trámite automático. Atenderemos tu solicitud en el menor plazo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo. En el momento en que tramitemos tu solicitud te enviaremos un correo electrónico confirmándote que ya ha sido realizado.
- A la hora de realizar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación.
- Antes de adjuntar tus documentos digitales, verificar que éstos son fácilmente legibles y que se encuentran digitalizados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.
Plazo de presentación
El centro autorizado para impartir el curso debe solicitar el permiso para su realización a la Jefatura Provincial de Tráfico en cuyo territorio vaya a celebrar con al menos diez días de antelación a la fecha de su inicio.
Además si por alguna circunstancia hubiera cualquier variación de los datos que sirvieron de base para la aprobación del curso, ésta deberá ser comunicada a la Jefatura Provincial de Tráfico que lo haya aprobado con, al menos, veinticuatro horas de antelación a la fijada para su inicio a efectos de hacerlo constar en aprobación complementaria, si procediera.
¿Quién puede realizarlo?
El titular del Centro ADR de formación para conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas o cualquier persona autorizada en su nombre.
Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.
También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.
Coste del trámite
La solicitud del permiso para realizar el curso requiere el pago de:
Tienes varios medios para comprar tu tasa:
- Si vas a realizar la solicitud del trámite por Internet a través del registro, deberás adquirir la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de compra en ella.
- En caso de realizar el trámite presencialmente podrás comprar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.
¿Dónde está regulado este trámite?
- Reglamento General de Conductores.
- Serán de aplicación supletoria para todo lo no regulado en estos cursos lo establecido en la Orden de 18 de junio de 1998 por la que se regulan los cursos de conducción para conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas y los centros de formación que podrán impartirlos (duración clases, asistencia, control de firmas etc.).
Preguntas más frecuentes
¿Es necesario tener en vigor la autorización ADR para inscribirse como alumno en un curso de formación de personal docente?
Si. Se debe poseer la autorización ADR de las clases básica y cisterna en vigor.
¿Qué clases de cursos de formación de personal docente existen?
Hay curso de formador de formadores de mercancías peligrosas, de extinción de incendios de explosivos y de radiactivos.
¿Se realizan también pruebas prácticas en este tipo de cursos?
Sí. Cada curso de formador de formadores consta de parte teórica y parte práctica.
¿Cuántos alumnos pueden participar como máximo en un curso de formación de personal docente?
El número máximo de alumnos que pueden tomar parte en el curso es de 20.
¿Cómo puedo apuntarme a un curso para ser personal docente ADR?
Son los propios centros los que organizan estos cursos por lo que debes contactar con tu centro para que indique cuando tiene previsto celebrar un curso.
Una vez realizado y superado el curso, ¿debo realizar algún examen más para poder ser profesor de mercancías peligrosas?
No. Solo es necesario que la Dirección General de Tráfico valide y certifique el título obtenido. Una vez validado podrá solicitar ser inscrito en un centro como profesor de mercancías peligrosas.