Trámites para Centros de Reconocimiento de Conductores – CRCs
CENTROS DE RECONOCIMIENTO DE CONDUCTORES – CRCS
¿Qué debes saber?
Los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRCs) son centros autorizados para la expedición de Certificados de aptitud física, mental y de coordinación necesarios para obtener o renovar tu permiso de conducir. En dichos centros se realizan las pruebas tanto psicológica, visual, auditiva como el examen médico general. Para la gestión de los CRCs y la tramitación de permisos, la DGT pone a su disposición varios servicios:
- Sistema on-line que permite el envío de informes médicos, la tramitación de permisos y rectificaciones. En la web de la DGT están disponibles una serie de guías, protocolos y ayudas para realizar los reconocimientos médicos.
- Aperturas, modificación y cierre de CRCs.
- Altas y bajas del personal que trabaja en los centros de reconocimiento.
Envío de informes médicos, tramitación de permisos y rectificaciones
Los centros CRCs – Centros de Reconocimiento de Conductores – pueden realizar el envío de los informes médicos para las pruebas necesarias en la tramitación de permisos de conducir y/o gestionar la renovación completa de permisos de conducir.
En la web de la DGT están disponibles una serie de guías, protocolos y ayudas para realizar los reconocimientos médicos.
Acceso al servicio
- Web Service
- Sin certificado
- Presencial
- Teléfono
- App miDGT
¿Qué debes saber?
Los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRCs) pueden, además de realizar los reconocimientos médicos, gestionar la renovación completa de permisos de conducir. Para ello la DGT provee de este sistema que permite el envío de informes médicos Aptos, informes médicos No-Aptos, así como la tramitación de permisos de conducir y la rectificación de incidencias de foto/firma.
El informe médico de esas pruebas deberá enviarse en el momento del reconocimiento y en presencia del interesado. Las únicas excepciones a esta obligación son la existencia de incidencias informáticas en la DGT o la petición por parte de la DGT de un reenvío posterior.
Recuerda que en la web de la DGT están disponibles una serie de guías, protocolos y ayudas para realizar los reconocimientos médicos.
¿A quién va dirigido?
Este servicio va dirigido a centros CRCs – Centros de Reconocimiento de Conductores – que vayan a realizar los informes médicos para las pruebas necesarias en la tramitación de permisos de conducir y/o gestionar la renovación completa de permisos de conducir
¿Qué medios tengo para adherirme a la Gestión de CRCs – Centros de Reconocimiento Médicos?
Actualmente existen dos maneras alternativas de realizar el envío de las peticiones de renovación de permisos y de los resultados médicos:
- A través de la aplicación de CRCs – Centros de Reconocimiento de Conductores. Con esta opción los centros podrán realizar sus envíos directamente a la DGT en poco tiempo, sin tener que realizar ningún desarrollo propio.
- Integrándose a través de los Web Services que provee la DGT a los Centros de Reconociendo. Esta alternativa requiere por parte del Centro de Reconocimiento que desarrolle su propio aplicativo de gestión y envíe las peticiones a la DGT haciendo llamadas a través de los WS. Además se debe tener instalado en el repositorio de confianza del servidor usado para integrarte la clave pública actualizada de nuestros certificados electrónicos de nuestros dominios TRAFICO o SEDE según corresponda.
En caso del uso de la aplicación, será necesario que el director del centro tenga un certificado digital X.509 v3 de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o de otra Autoridad Certificadora (CA) admitida por @Firma
¿Cuál es el proceso de alta en CRCs – Centros de Reconocimiento Médicos?
Para proceder con la integración con CRCs – Centros de Reconocimiento Médicos deberán ponerse en contacto con la Jefatura u Oficina de Tráfico más próxima, donde personal técnico especializado tramitará las solicitudes y le dará soporte durante el proceso de integración.
Tengo una incidencia o duda referente a CRCs – Centros de Reconocimiento Médicos, ¿a quién puedo acudir?
En este caso se deberá poner en contacto con el personal técnico especializado de la Jefatura u Oficina de Tráfico correspondiente e indicarle cual es la incidencia con los mayores detalles posibles. Si desconoce el operador de apoyo técnico asignado, póngase en contacto con la jefatura de su provincia para que le pongan en contacto.
Recuerda que en la web de la DGT están disponibles una serie de guías, protocolos y ayudas para realizar los reconocimientos médicos.
¿Qué coste tiene?
La integración y uso del sistema de notificación CRCs – Centros de Reconocimiento Médicos – tiene carácter gratuito.
¿Dónde está regulado?
- Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores.
- Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
Incidencias más comunes
Se ha detectado un problema en los documentos PDF generados por la aplicación, ya que en algunas ocasiones en vez de aparecer “Firma válida” o “Validez desconocida”, nos encontramos con que nos aparece “Firma no válida” con un aspa rojo tal y como se puede apreciar en la siguiente figura.
La causa más habitual de este problema es que la fecha del sistema no está actualizada.
Apertura, modificación y cierre de Centros de Reconocimiento de Conductores – CRCs
Si tu intención es abrir, realizar un cambio de titularidad o cerrar un CRC, necesitas la autorización por parte de la Jefatura u Oficina de Tráfico donde se vaya a abrir el centro.
Ten en cuenta que para poder abrir un centro CRC debes obtener previamente la autorización por parte de comunidad autónoma de que el centro cumple con los requisitos previos para un centro CRC e inscribirlo en el registro sanitario correspondiente, por lo que es importante que te informes antes de nada en la delegación o conserjería de salud de tu comunidad.
Acceso al servicio
- Registro Electrónico
- Presencial
- Teléfono
- App miDGT
¿Qué debes saber?
Si tu intención es abrir, realizar un cambio de titularidad o cerrar un Centro de Reconocimiento de Conductores – CRC – necesitas la autorización por parte de la Jefatura u Oficina de Tráfico donde se vaya a abrir el centro.
Antes de acudir a nuestras oficinas, debes obtener la autorización por parte de comunidad autónoma de que el centro cumple con los requisitos materiales para abrir un centro CRC e inscribir tu centro el registro sanitario correspondiente como centro de reconocimiento. Estos requisitos deben ser verificados por la comunidad autónoma dónde vaya a establecerse el centro, por lo que es importante que te informes sobre este aspecto en la delegación o conserjería de salud de tu comunidad.
Una vez obtenida las autorizaciones sanitarias pertinentes, e inscrito el centro en el registro sanitario correspondiente como centro de reconocimiento, podrás realizar la solicitud de apertura del CRC en tu Jefatura u Oficina de Tráfico.
Enviaremos entonces personal para la inspección del centro y si está todo correcto, procederemos a realizar el alta de tu centro, indicándote el número de registro provincial asignado.
Un Centro de Reconocimiento de Conductores – CRC – deberá constar para su apertura de unos determinados elementos personales y materiales:
- En lo relativo a los elementos personales: deberá disponer además del titular, al menos, de un director. Si dicho director fuera facultativo, no hace falta nada más. Si no lo fuera, es necesario incluir un suplente que sí lo sea.
- Referente a elementos materiales: como ya hemos mencionado, es competencia realizar la inspección previa para obtener las autorizaciones sanitarias pertinentes.
Cada centro CRC es independiente, no hay secciones ni sedes. De manera que si ya tienes uno y quieres abrir uno nuevo, éste debe de cumplir con todos los requisitos y se debe realizar el alta de manera habitual.
Recuerda que cualquier modificación debe ser comunicada a la delegación o consejería de salud de tu comunidad autónoma.
¿Qué necesitas?
1. Para el alta de un Centro de Reconocimiento de Conductores – CRC – necesitarás aportar la siguiente documentación:
- Solicitud rellena en impreso oficial, cumplimentando todos los campos de la misma donde se indican: denominación, datos etc.
- Número de tasa o resguardo de haber abonado las tasas correspondientes:
La tasa es la 3.1 de 441,91 euros
- Fotocopia de las autorizaciones sanitarias en vigor de instalación y funcionamiento como centro de reconocimiento otorgadas por la autoridad sanitaria competente.
- Fotocopia del Certificado de inscripción en el registro sanitario correspondiente como centro de reconocimiento.
- Relación del personal autorizado por la autoridad sanitaria competente.
- Debes indicar el nombre, apellidos, número del DNI o NIE y nacionalidad de cada facultativo y acompañar el documento acreditativo del registro de firmas de cada uno de ellos visado por los Colegios profesionales correspondientes.
- Declaraciones por escrito del titular, del director, del director facultativo, así como de los facultativos de no estar incursos en las incompatibilidades establecidas en el artículo 8 del Reglamento de Centros de Reconocimiento (RD 170/2010).
En los casos en los que los servicios de oftalmología lo vaya a prestar una clínica externa y se vaya a prescindir de oftalmólogo, se deberá aportar además:
- Contrato con la clínica oftalmológica.
- Autorización de la clínica oftalmológica como centro sanitario otorgada por la autoridad sanitaria competente.
2. Para la baja de un Centro de Reconocimiento de Conductores – CRC, necesitarás la siguiente documentación:
- Solicitud rellena en impreso oficial, firmada por el titular del centro.
- Número de tasa o resguardo de haber abonado:
La tasa es la 4.1 de 8,67 euros
Recuerda que en caso de querer una baja temporal de un Centro de Reconocimiento de Conductores – CRC – deberás indicarlo en la solicitud teniendo en cuenta que la suspensión de actividades durante más de un año del centro dará lugar a la extinción de la autorización del mismo.
3. Para realizar un cambio de titularidad tienes que realizar la baja del centro CRC. Posteriormente deberás de volver a realizar el alta con los datos del nuevo titular.
4. Si lo que quieres es realizar un cambio de horario o realizar cualquier tipo de anotación, simplemente deberá entregar la solicitud rellena en impreso oficial, firmada por el titular del centro y abonar:
La tasa es la 4.1 de 8,67 euros
Recuerda que cualquier modificación debe ser comunicada a la delegación o consejería de salud de tu comunidad autónoma.
¿Qué medios tienes para realizarlo?
1. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Consulta en tu Jefatura u oficina el horario de atención a Centros de Reconocimiento de Conductores.
2. Por internet, a través del Registro Electrónico. Debes disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de cl@ve para acceder al registro. Además como la presentación de tu escrito deberá ir firmada, es importante que verifiques antes de realizar el registro que tienes descargado el programa AutoFirma. Dispones de un servicio que verifica que tu equipo cumple con los requisitos para poder realizar los trámites de manera telemática.
Puedes seguir las siguientes instrucciones:
- Compra y descarga el justificante de la tasa correspondiente.
- Rellena los datos de tu solicitud en nuestro Registro Electrónico:
- Identifica y cumplimenta los datos del interesado, selecciona como “Organismo destinatario” tu Jefatura u Oficina local de Tráfico más cercana.
- Cumplimenta el apartado “Asunto” indicando la operativa a realizar seguido del nombre del CRC.
- Finalmente, pulsa “Añadir documento” en la sección de “Documentos anexos” y adjuntando:
- Impreso de solicitud firmado DIGITALMENTE con certificado válido por el titular del centro.
- Acreditar debidamente la representación
- Número de tasa o resguardo de la misma.
- Los demás documentos descritos anteriormente, aportando para los supuestos especiales la documentación adicional exigida.
- Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable ‘¿Quién presenta el trámite?’ la opción ‘Representante’, y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).
Recuerda antes de adjuntar tus documentos digitales, verificar que éstos son fácilmente legibles y que se encuentran digitalizados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.
- Registra tu solicitud y conserva el justificante.
Coste del trámite
- Para tramitar el alta del Centro de Reconocimiento de Conductores, tienes que abonar:
La tasa es la 3.1 de 441,91 euros
- Para la baja de un Centro de Reconocimiento de Conductores, hay abonar:
La tasa es la 4.1 de 8,67 euros
- Para realizar un cambio de titularidad tienes que abonar para la baja:
La tasa es la 4.1 de 8,67 euros
Y para el alta con los nuevos datos:
La tasa es la 3.1 de 441,91 euros - Para cambios de horarios o anotaciones de cualquier tipo:
La tasa es la 4.1 de 8,67 euros
Tienes varios medios para comprar tu tasa:
- Si vas a realizar la solicitud del trámite por Internet a través del registro, deberás adquirir la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de compra en ella.
- En caso de realizar el trámite presencialmente podrás comprar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.
¿Quién puede realizarlo?
El titular del Centro de Reconocimiento de Conductores o cualquier persona autorizada en su nombre.
Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.
También puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.
Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.
¿Dónde está regulado este trámite?
- Código SIA. 202354.
- Normativa reguladora:
Preguntas más frecuentes
¿Debo hacer algo antes de ir a tráfico a solicitar el alta de un centro CRC?
Si, antes debes obtener la autorización por parte de comunidad autónoma de que el centro cumple con los requisitos materiales para abrir un centro CRC e inscribir tu centro el registro sanitario correspondiente como centro de reconocimiento, por lo que antes de ir a nuestras instalaciones habla con tu comunidad autónoma.
¿Realiza la DGT una inspección previa a darme el alta además de la que realiza la CCAA?
Sí, además de la inspección que la CCAA haga de los recursos materiales, enviaremos a personal de la DGT para revisar las instalaciones del centro.
¿Tengo que tener un facultativo en exclusiva?
No. En el CRC sí que debe haber un facultativo, pero si el director del centro fuera facultativo y estuviera acreditado, no hace falta incluir más personal. Si no lo fuera, sí que sería necesario incluir un suplente facultativo.
Alta y baja de personal de Centros de Reconocimiento de Conductores – CRCs
Si vas a incorporar o vas dar de baja a personal de tu centro de reconocimiento (tanto directores como facultativos), deberás notificarlo a tu Jefatura u Oficina de Tráfico para que quede registrarlo.
Acceso al servicio
- Registro Electrónico
- Presencial
- Teléfono
- App miDGT
¿Qué debes saber?
Si vas a incorporar o vas dar de baja a personal de tu Centro de Reconocimiento de Conductores – CRCs (tanto directores como facultativos), deberás notificarlo a tu Jefatura u Oficina de Tráfico para que quede registrarlo.
Recuerda que cualquier modificación al respecto debe ser comunicada a la delegación o consejería de salud de tu comunidad autónoma.
¿Qué necesitas?
1. Alta de personal (director o facultativo):
- Solicitud, en impreso oficial, rellena con los datos de las personas a dar de alta.
- Relación del personal autorizado por la autoridad sanitaria competente.
- Debes indicar el nombre, apellidos, número del DNI o NIE y nacionalidad de cada facultativo y acompañar el documento acreditativo del registro de firmas de cada uno de ellos visado por los Colegios profesionales correspondientes.
- Declaraciones por escrito del titular, del director, del director facultativo, así como de los facultativos de no estar incursos en las incompatibilidades establecidas en el artículo 8 del Reglamento de Centros de Reconocimiento (RD 170/2010).
-
La tasa es la 3.2 de 44,58 euros
2. Baja de personal (director o facultativo):
- Solicitud, en impreso oficial, rellena con los datos de las personas a dar de baja.
- Justificante o resguardo de haber abonado:
La tasa es la 4.1 de 8,67 euros - El alta de varias personas, solicitada en un mismo acto, devengará una sola tasa 3.2, con independencia del número a que afecte y pudiendo incluir además la baja de personal en ese mismo acto. La baja de personal en otro acto distinto devengará la tasa 4.1 y no la 3.2.
Recuerda que cualquier modificación debe ser comunicada a la delegación o consejería de salud de tu comunidad autónoma.
¿Qué medios tienes para realizarlo?
1. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Consulta en tu Jefatura u oficina el horario de atención a Centros de Reconocimiento de Conductores.
2. Por internet, a través del Registro Electrónico. Debes disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de cl@ve para acceder al registro. Además como la presentación de tu escrito deberá ir firmada, es importante que verifiques antes de realizar el registro que tienes descargado el programa AutoFirma. Dispones de un servicio que verifica que tu equipo cumple con los requisitos para poder realizar los trámites de manera telemática.
Puedes seguir las siguientes instrucciones:
- Compra y descarga el justificante de la tasa correspondiente.
- Rellena los datos de tu solicitud en nuestro Registro Electrónico:
- Identifica y cumplimenta los datos del interesado, selecciona como “Organismo destinatario” tu Jefatura u Oficina local de Tráfico más cercana.
- Cumplimenta el apartado “Asunto” indicando la operativa a realizar seguido del nombre del CRC.
- Finalmente, pulsa “Añadir documento” en la sección de “Documentos anexos” y adjuntando:
- Impreso de solicitud firmado DIGITALMENTE con certificado válido por el titular del centro.
- Acreditar debidamente la representación
- Número de tasa o resguardo de la misma.
- Los demás documentos descritos anteriormente, aportando para los supuestos especiales la documentación adicional exigida.
- Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable ‘¿Quién presenta el trámite?’ la opción ‘Representante’, y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).
Recuerda antes de adjuntar tus documentos digitales, verificar que éstos son fácilmente legibles y que se encuentran digitalizados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.
- Registra tu solicitud y conserva el justificante.
Coste del trámite
- Para tramitar el alta del personal, tienes que abonar:
La tasa es la 3.2 de 44,58 euros - Para la baja de personal, tienes que abonar:
La tasa es la 4.1 de 8,67 euros
Tienes varios medios para comprar tu tasa:
- Si vas a realizar la solicitud del trámite por Internet a través del registro, deberás adquirir la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de compra en ella.
- En caso de realizar el trámite presencialmente podrás comprar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.
¿Quién puede realizarlo?
El titular del Centro de Reconocimiento de Conductores o cualquier persona autorizada en su nombre.
Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.
También puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.
Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.
¿Dónde está regulado este trámite?
- Reglamento de centros de reconocimiento, destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores.